Derecho de Familia
Divorcio
Divorcio Contencioso:
Ante una ruptura matrimonial, ofrezco servicio legal integral y especializado, que incluye:
- Consulta en profundidad para evaluar la situación específica del cliente y delinear posibles opciones.
- Presentación de demandas de divorcio, o contestación a la demanda recibida.
- Negociación con la parte contraria y, si fuera posible, redacción de convenio, transformando el divorcio inicialmente contencioso en mutuo acuerdo para la mejor protección de los intereses comunes.
- Negociación de asuntos de custodia, visitas de los hijos y atribución del uso de la vivienda familiar.
- Asistencia legal en los aspectos financieros del divorcio: pensión alimenticia de los hijos, pensión compensatoria o indemnización de pago único en favor del cónyuge, forma y tiempo de liquidación de responsabilidades conyugales conjuntas (hipotecas, préstamos...).
- Y una vez obtenida la sentencia de divorcio, ofrezco asistencia legal en la liquidación del régimen económico matrimonial o en la división de bienes adquiridos en común.
Divorcio de Mutuo Acuerdo:
Ya sea actuando como abogada de ambos esposos, o representando a uno solo de ellos, mis servicios incluyen:
- Negociación y redacción de un convenio de divorcio completo y exhaustivo, buscando la solución legal más conveniente para todos los aspectos personales y patrimoniales del caso concreto (custodia y régimen de visitas de los hijos, pensiones alimenticias y/o compensatorias, atribución del uso de la vivienda familiar, liquidación del régimen económico matrimonial y de las responsabilidades adquiridas conjuntamente, etc.)
- Tramitación del divorcio de mutuo acuerdo ante el Juzgado competente hasta sentencia.
- Asesoramiento legal experto durante todo el procedimiento, garantizando información puntual y clara acerca de cada extremo.
- En caso de que el cliente no pueda acudir personalmente al Juzgado por encontrarse fuera de España, organización de poder notarial para ratificación del convenio en su nombre.
- Si en el convenio se ha pactado la liquidación del régimen económico del matrimonio o la división de bienes comunes, ofrezco asistencia legal para la formalización de dicho acuerdo.
Reconocimiento en España de divorcio extranjero:
Si se ha divorciado fuera de España y necesita que la resolución produzca efectos jurídicos en España, el procedimiento dependerá del país en el que se haya dictado el divorcio.
Las resoluciones de divorcio dictadas en otros Estados miembros de la Unión Europea, salvo Dinamarca, se reconocen en España conforme a la normativa europea aplicable, sin necesidad de tramitar previamente un procedimiento de exequátur. Para su inscripción o para hacer valer sus efectos en España será necesario aportar la resolución y la documentación y certificados exigidos por dicha normativa.
Cuando el divorcio haya sido acordado en un país no sujeto al régimen europeo de reconocimiento, puede ser necesario tramitar en España un procedimiento de reconocimiento o exequátur, salvo que resulte aplicable un convenio internacional u otro régimen específico.
Antes de iniciar cualquier procedimiento conviene determinar qué régimen de reconocimiento resulta aplicable a la resolución extranjera y qué documentación será necesaria en España.
Capitulaciones matrimoniales:
En la mayoría de las Comunidades Autónomas de España, el régimen económico presuntivo en el matrimonio es el de sociedad de gananciales, y para acogerse a otro distinto (por ejemplo, separación de bienes) es necesario otorgar capitulaciones matrimoniales ante Notario.
Una consulta previa puede servir para aclarar conceptos y conseguir que los clientes sean conscientes de todo lo que implica elegir uno u otro régimen económico, en el momento en que se encuentran y para el futuro, así como qué significa el cambiar de un régimen ya existente a otro distinto.
También, si el cliente lo requiere, puedo intervenir en la redacción del borrador de las capitulaciones o revisar el que se haya preparado en la oficina notarial, resolver cualquier duda relacionada con el mismo y coordinar la firma.
Medidas paternofiliales:
Cuando se rompe la relación de una pareja no casada que tiene hijos menores de edad, resulta imprescindible establecer un régimen de custodia y visitas, así como determinar las responsabilidades económicas de cada progenitor hacia los hijos. Lo ideal es poder hacerlo a través de un acuerdo, que será presentado en el Juzgado para su homologación; si dicho acuerdo fuera imposible, habrá que interponer demanda ante el Juzgado competente, el cual resolverá, buscando siempre la protección de los derechos e intereses de los hijos en la forma más adecuada.
Como profesional experimentada en Derecho de Familia, mis servicios en este ámbito incluyen:
- Redacción de convenios de medidas paternofiliales y/o planes de parentalidad adaptados a las necesidades y circunstancias específicas de los hijos.
- Negociación de acuerdos de custodia y de manutención de los hijos.
- Representación de los clientes en procedimientos ante los Juzgados de Familia.
Ejecución de alimentos impagados:
Dentro de mi amplia experiencia como abogada de familia en el ámbito judicial, destaca la ejecución de pensiones alimenticias impagadas. Incluso si el padre o la madre que vienen obligados a pagar no tienen bienes en España pero sí en el extranjero, en la mayoría de los casos se pueden invocar acuerdos internacionales de ejecución para embargarle activos y derechos fuera de España.
Proteger los derechos de los niños y garantizar que reciban el apoyo económico al que tienen derecho es una de mis mayores satisfacciones profesionales.
Modificación de Medidas:
Cuando las circunstancias personales o financieras de un progenitor cambian de manera significativa, a menudo es necesario modificar las medidas que judicialmente se dictaron, buscando aumentar o disminuir la pensión alimenticia, modificar el régimen de visitas o incluso los términos de la custodia, posibilitar un cambio de domicilio de los hijos… Este tipo de modificaciones puede realizarse mediante un acuerdo aprobado por el Juzgado, o bien, en ausencia de acuerdo, por una sentencia judicial tras un litigio entre los padres.
Soy experta en negociar acuerdos y en representar a clientes en este tipo de procedimientos, buscando siempre el mejor resultado posible para mis clientes y para sus hijos.
Demandas de Paternidad y Filiación:
Después de una consulta inicial para evaluar la viabilidad del asunto, mis servicios en este área incluyen la dirección de las negociaciones con el otro progenitor, la recopilación de indicios de prueba, la coordinación de las pruebas científicas para determinar la paternidad en su caso, y, si fuera necesario, la actuación en defensa de las pretensiones del cliente en procedimiento judicial. Mi profundo conocimiento del derecho de familia y mi experiencia en el ámbito procesal garantizan que mis clientes recibirán un asesoramiento de la más alta calidad.
En los casos en los que un progenitor desee reconocer a un hijo cuya filiación paterna no se encuentre establecida, también puedo guiarle indicándole los pasos a seguir.
Sustracción Internacional de Menores:
Cuando un progenitor se lleva a un hijo de su país de residencia habitual sin el consentimiento del otro progenitor ni orden judicial que permita el traslado, estamos ante una sustracción internacional de menores.
Ofrezco el asesoramiento y la defensa legal que el cliente necesita, ya se trate del progenitor a quien se ha privado injustamente de su hijo, o del progenitor acusado de sustracción. Mi enfoque está adaptado a cada caso individual, garantizando que se protegerán los derechos del cliente y, muy especialmente, el superior interés del menor. En caso necesario, coordino mi actuación con la de letrados y autoridades en países extranjeros para conseguir una rápida localización del menor sustraído y que sea restituido cuanto antes a su lugar de residencia habitual.
Preguntas frecuentes Derecho de Familia
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el divorcio en España?
En España no es necesario alegar ninguna causa para solicitar el divorcio. Con carácter general, deben haber transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio, aunque la ley contempla excepciones en determinadas situaciones de riesgo para alguno de los cónyuges o para los hijos.
Cuando el matrimonio tiene un elemento internacional, además debe determinarse si los tribunales españoles tienen competencia para conocer del divorcio, atendiendo a circunstancias como la residencia habitual y, en determinados supuestos, la nacionalidad de los cónyuges.
¿Qué diferencia hay entre divorcio de mutuo acuerdo y divorcio contencioso?
El divorcio de mutuo acuerdo tiene lugar cuando ambos cónyuges están de acuerdo tanto en divorciarse como en las medidas que deben regular sus efectos. Generalmente permite una tramitación más sencilla que el divorcio contencioso.
En el divorcio contencioso no existe acuerdo sobre todos los aspectos que deben resolverse, por lo que será el tribunal quien decida sobre las cuestiones controvertidas tras la correspondiente tramitación judicial.
¿Cómo se determina la custodia de los hijos?
La guarda y custodia puede atribuirse a uno de los progenitores o establecerse de forma compartida. La custodia compartida no exige necesariamente una distribución exactamente igual del tiempo de convivencia con cada progenitor.
La decisión debe adoptarse atendiendo al interés superior del menor y a las circunstancias concretas de cada familia, valorando, entre otros factores, las necesidades de los hijos, la relación con ambos progenitores, su disponibilidad y capacidad para atenderlos y la organización familiar existente.
Quiero divorciarme, ¿cómo consigo un convenio regulador?
El convenio regulador recoge los acuerdos de los cónyuges sobre las consecuencias personales y patrimoniales del divorcio: entre otras cuestiones, cuando proceda, guarda y custodia, régimen de estancias y comunicaciones, alimentos de los hijos, uso de la vivienda familiar, pensión compensatoria y aspectos relativos al régimen económico matrimonial.
La forma de tramitar el divorcio de mutuo acuerdo depende de las circunstancias familiares. Cuando existen hijos menores no emancipados, el convenio debe someterse al correspondiente procedimiento judicial, con intervención del Ministerio Fiscal en protección de los menores. En los supuestos legalmente permitidos, el divorcio de mutuo acuerdo también puede formalizarse ante Letrado de la Administración de Justicia o Notario.
¿Qué es la pensión alimenticia y cómo se calcula?
La pensión alimenticia es una cantidad económica que un progenitor debe pagar al otro para contribuir a los gastos de los hijos (alimentos, educación, vivienda, etc.). El cálculo depende de los ingresos de ambos progenitores y de las necesidades de los hijos, y aunque existen tablas que los juzgados utilizan como referencia, la cuantía se establece atendiendo a las circunstancias específicas de cada caso concreto.
¿Qué es la pensión compensatoria?
La pensión compensatoria es una prestación que puede reconocerse a uno de los cónyuges cuando la separación o el divorcio le produce un desequilibrio económico en relación con la posición del otro que implique un empeoramiento respecto de su situación anterior en el matrimonio.
No se concede automáticamente. Su procedencia, cuantía y duración dependen de las circunstancias del caso, como la duración del matrimonio, la dedicación pasada y futura a la familia, la edad, la cualificación profesional, las posibilidades de acceso al empleo y los medios económicos de ambos cónyuges. Puede establecerse con carácter temporal o, cuando proceda, por tiempo indefinido.
¿Qué derechos tienen los abuelos en relación con sus nietos tras el divorcio de los padres?
La relación de los menores con sus abuelos y otros parientes no puede impedirse sin justa causa. Si se obstaculiza injustificadamente el contacto, los abuelos pueden solicitar judicialmente que se establezca un régimen de comunicación y visitas.
El tribunal decidirá atendiendo a las circunstancias familiares y, especialmente, al interés superior del menor.
¿Qué debo hacer si mi ex pareja no cumple con el régimen de visitas?
Si uno de los progenitores incumple el régimen de estancias, visitas o comunicaciones establecido judicialmente, el otro puede solicitar la ejecución de la resolución para exigir su cumplimiento.
Los incumplimientos reiterados o relevantes pueden, dependiendo de las circunstancias y siempre atendiendo al interés superior del menor, ser tenidos en cuenta en un posterior procedimiento de modificación de medidas.
¿Qué sucede si no se paga la pensión alimenticia?
El impago de una pensión de alimentos establecida judicialmente puede reclamarse mediante un procedimiento de ejecución, en el que pueden adoptarse medidas de embargo sobre salarios, cuentas bancarias, bienes u otros derechos del obligado al pago.
Además, determinados incumplimientos de la obligación de pago pueden tener consecuencias penales cuando concurren los requisitos establecidos por la ley.
¿Qué es la patria potestad y en qué se diferencia de la custodia?
La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que tienen los padres sobre sus hijos (como la toma de decisiones sobre su educación y salud). En la mayoría de los casos, la patria potestad es compartida por ambos progenitores.
La custodia implica la convivencia con el menor, el cuidado diario del mismo y la toma de las pequeñas decisiones cotidianas propias de dicha convivencia. Puede ser exclusiva de uno de los progenitores, en cuyo caso al no custodio se le señalará un régimen de visitas, o compartida entre ambos progenitores.
¿Es posible modificar las medidas establecidas en un divorcio?
Sí. Las medidas definitivas pueden modificarse cuando se produce una alteración relevante de las circunstancias que se tuvieron en cuenta al establecerlas, por ejemplo, cambios significativos en las necesidades de los hijos, en la situación económica de los progenitores o en la organización familiar.
La modificación puede acordarse de mutuo acuerdo o solicitarse judicialmente. El órgano judicial competente deberá determinarse conforme a las reglas procesales aplicables al caso.
¿Qué es el régimen de gananciales y cómo se disuelve?
La sociedad de gananciales es un régimen económico matrimonial en el que tienen carácter ganancial, entre otros, los bienes obtenidos por el trabajo o actividad de cualquiera de los cónyuges durante su vigencia, sin perjuicio de los bienes que legalmente tengan carácter privativo.
Cuando el régimen se disuelve, debe procederse a su liquidación mediante la formación de inventario, determinación del activo y pasivo, pago o adjudicación de las deudas y distribución del haber resultante conforme a las reglas aplicables.
¿Qué diferencia hay entre el régimen de gananciales y la separación de bienes?
En el régimen de gananciales, determinados bienes y rendimientos obtenidos durante el matrimonio pasan a integrar el patrimonio ganancial, sin perjuicio de los bienes privativos de cada cónyuge.
En el régimen de separación de bienes, cada cónyuge conserva la titularidad, administración y disposición de sus propios bienes, aunque ambos pueden adquirir bienes conjuntamente en proindiviso.
El régimen aplicable puede resultar de la ley o establecerse o modificarse mediante capitulaciones matrimoniales, según las circunstancias del matrimonio.
¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?
Las capitulaciones matrimoniales son el instrumento mediante el cual los cónyuges o futuros cónyuges pueden establecer, modificar o sustituir su régimen económico matrimonial y realizar otros pactos relacionados con el matrimonio dentro de los límites establecidos por la ley.
Deben otorgarse en escritura pública y pueden formalizarse antes o durante el matrimonio. Los pactos que sean contrarios a la ley, a las buenas costumbres o que limiten la igualdad de derechos entre los cónyuges no son válidos.
¿Tienen las parejas de hecho los mismos derechos que los matrimonios en España?
No necesariamente. En España no existe una equiparación general y automática entre matrimonio y pareja de hecho. Los derechos y efectos jurídicos de una pareja de hecho dependen de la materia de que se trate y, en determinados ámbitos, de la legislación autonómica aplicable y del cumplimiento de requisitos específicos.
Cuestiones como la pensión de viudedad, los derechos sucesorios, la vivienda, las consecuencias económicas de la ruptura o la inscripción de la pareja deben analizarse conforme a la normativa aplicable a cada caso.
La madre/el padre de mi hijo se lo ha llevado de España sin mi consentimiento, ¿qué puedo hacer?
Si un menor ha sido trasladado o retenido en otro país sin el consentimiento de quien ejercía legítimamente derechos de custodia, es fundamental obtener asesoramiento jurídico inmediato, ya que la rapidez de actuación puede ser determinante.
Cuando resulta aplicable el Convenio de La Haya de 1980 sobre sustracción internacional de menores, puede solicitarse la restitución del menor a través de las Autoridades Centrales competentes o iniciarse el correspondiente procedimiento en el Estado en el que se encuentra el menor. En asuntos dentro de la Unión Europea pueden resultar además aplicables las normas del Reglamento (UE) 2019/1111.
La eventual existencia de responsabilidad penal es una cuestión distinta que debe valorarse según las circunstancias concretas del caso.
Quiero adoptar al hijo de mi pareja, ¿es posible?
Sí, la adopción del hijo del cónyuge o de la pareja puede ser posible, pero deben cumplirse los requisitos establecidos legalmente y valorarse la situación jurídica del otro progenitor.
Dependiendo de las circunstancias, será necesario determinar si el otro progenitor debe prestar asentimiento, ser oído en el procedimiento o si concurre alguna de las excepciones legalmente previstas. En todo caso, cuando se trata de un menor, la adopción debe responder a su interés superior y se constituye mediante resolución judicial.
La adopción de una persona mayor de edad sólo es posible en los supuestos excepcionales previstos por la ley, vinculados a una convivencia o acogimiento previo en las condiciones legalmente establecidas.
¿Puede inscribirse en España un matrimonio celebrado en el extranjero?
Un matrimonio celebrado en el extranjero puede inscribirse en el Registro Civil español cuando existe la correspondiente conexión con el Registro Civil español, en particular cuando al menos uno de los cónyuges es español, incluido el supuesto en que haya adquirido la nacionalidad española después de la celebración del matrimonio.
Para practicar la inscripción deberá acreditarse la celebración y validez del matrimonio mediante la documentación correspondiente. Los documentos extranjeros pueden requerir, según el país de procedencia y el régimen aplicable, legalización o apostilla y traducción oficial al español.
Si ambos cónyuges son extranjeros, el matrimonio no se inscribe con carácter general en el Registro Civil español por el mero hecho de que residan en España. Ello no significa, sin embargo, que un matrimonio extranjero válido no pueda ser reconocido y producir efectos jurídicos en España cuando resulte relevante para un determinado procedimiento o situación jurídica.
¿Es cierto que si existe custodia compartida no hay que pagar pensión alimenticia?
No. La custodia compartida no excluye por sí sola la posibilidad de establecer una pensión de alimentos.
La contribución de cada progenitor a los gastos de los hijos debe determinarse atendiendo a las necesidades de éstos y a la capacidad económica de ambos progenitores, así como a la distribución de los gastos y a las circunstancias concretas del sistema de convivencia establecido.
Por ello, puede existir una pensión de alimentos incluso en un régimen de custodia compartida cuando las circunstancias económicas y familiares así lo justifiquen.
¿Qué documentos son necesarios para iniciar un proceso de divorcio?
La documentación necesaria depende de las circunstancias del divorcio, pero normalmente será necesario aportar el certificado de matrimonio y, si existen hijos, sus certificados de nacimiento.
Cuando deban resolverse cuestiones económicas, pensiones, uso de vivienda o liquidación patrimonial, también puede ser necesario aportar documentación relativa a ingresos, propiedades, préstamos, hipotecas, cuentas u otros elementos patrimoniales.
En divorcios con elemento internacional pueden ser necesarios documentos extranjeros, que en determinados casos deberán presentarse legalizados o apostillados y traducidos oficialmente al español.
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