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Nulidad de sentencia que fija pensión de alimentos en un 10% de los ingresos,sin acreditar su cuantía

¿Es posible la nulidad de sentencia que fija pensión de alimentos? El Tribunal Constitucional, en su Sentencia 2/2024 de 15 de enero, ha declarado nula una sentencia que fijaba la pensión alimenticia en un 10% de los ingresos del progenitor sin que constara en el procedimiento cuál era la cuantía real de dichos ingresos ni cuál era su patrimonio.

La resolución considera vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva sin indefensión del artículo 24 de la Constitución.

El caso: pensión alimenticia fijada como porcentaje sin base económica acreditada

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Getafe, en un procedimiento de divorcio, fijó la contribución del padre a los alimentos del hijo menor en «un 10% de los ingresos mensuales de dicho progenitor».

Esta decisión fue confirmada posteriormente por la Sección Vigésimocuarta de la Audiencia Provincial de Madrid.

Sin embargo, en el procedimiento únicamente estaban acreditados los ingresos de la madre. No constaban probados ni los ingresos ni el patrimonio del padre.

¿Por qué el Tribunal Constitucional declara nula la sentencia?

El Tribunal Constitucional señala que:

  • No es posible conocer la traducción económica real de ese 10%.
  • No puede determinarse si la cantidad resultante cubre las necesidades del menor.
  • Tampoco puede saberse si se trata de una cifra insuficiente o desproporcionada.

Además, recuerda que la fijación de la pensión de alimentos no depende únicamente de los ingresos, sino también del patrimonio del obligado, dado que en caso de incumplimiento la ejecución puede dirigirse contra sus bienes.

En consecuencia, fijar una pensión alimenticia como porcentaje sin cuantía líquida concreta y sin base probatoria suficiente vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva.

La conducta elusiva del progenitor no justifica una pensión indeterminada

Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es que el Tribunal Constitucional advierte que el desconocimiento de la capacidad económica del demandado —derivado de su propia conducta elusiva— no puede justificar que se dicte una resolución imprecisa o indeterminada.

El órgano judicial debe:

  • Valorar los indicios disponibles.
  • Practicar las diligencias necesarias.
  • Fijar una cantidad líquida concreta.

Lo contrario genera inseguridad jurídica y coloca a la parte actora en situación de indefensión.

Efectos de la nulidad

El Tribunal Constitucional:

  • Estima el recurso de amparo.
  • Declara vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
  • Declara la nulidad de las resoluciones impugnadas.
  • Ordena retrotraer el procedimiento al momento anterior a dictarse la sentencia de primera instancia.

El juzgado deberá dictar una nueva resolución que fije una pensión de alimentos de manera respetuosa con las exigencias constitucionales.

Importancia práctica de esta sentencia del Tribunal Constitucional

Esta resolución es especialmente relevante porque:

  • Refuerza la exigencia de motivación en la fijación de pensiones alimenticias.
  • Exige que la pensión sea determinada o determinable con precisión.
  • Impide que se traslade al menor el perjuicio derivado de la falta de colaboración del progenitor obligado.
  • Consolida la doctrina constitucional sobre tutela judicial efectiva en materia de derecho de familia.

En definitiva, la pensión de alimentos no puede fijarse mediante fórmulas abstractas o porcentuales sin una base económica acreditada.

Preguntas frecuentes sobre la nulidad de sentencia y pensión de alimentos

¿Puede fijarse la pensión alimenticia como un porcentaje de los ingresos del progenitor?

Sí, pero solo si los ingresos están debidamente acreditados en el procedimiento. Fijar la pensión alimenticia como un porcentaje sin que conste la cuantía real de los ingresos puede vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva y dar lugar a la nulidad de la sentencia.

¿Es obligatorio que la sentencia establezca una cantidad concreta de pensión de alimentos?

La resolución judicial debe permitir conocer con certeza la cuantía exigible. Aunque puede utilizarse un porcentaje, debe ser determinable económicamente. Si no es posible saber cuánto debe pagarse, la sentencia puede ser anulada.

¿Qué ocurre si el progenitor obligado oculta sus ingresos?

El juzgado debe practicar las diligencias necesarias para determinar su capacidad económica y fijar una cantidad líquida suficiente para cubrir las necesidades del menor. La conducta elusiva del progenitor no justifica una pensión indeterminada.

¿Puede declararse la nulidad de una sentencia por fijar incorrectamente la pensión alimenticia?

Sí. Si la sentencia vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, como ocurre cuando no permite conocer la cuantía real de la pensión de alimentos, puede ser declarada nula, tal y como ha establecido el Tribunal Constitucional en su Sentencia 2/2024.

¿Qué implica la nulidad de la sentencia en un procedimiento de divorcio?

La nulidad supone que el procedimiento se retrotrae al momento anterior a dictarse la sentencia anulada, debiendo el órgano judicial dictar una nueva resolución que respete los derechos fundamentales y fije correctamente la pensión de alimentos.

Asesoramiento en nulidad de sentencia y pensión de alimentos

La fijación de la pensión de alimentos exige una valoración rigurosa de la capacidad económica del progenitor y de las necesidades del menor. Una resolución imprecisa o carente de base probatoria suficiente puede vulnerar derechos fundamentales y ser susceptible de nulidad.

Si se ha fijado una pensión sin acreditar adecuadamente los ingresos o el patrimonio del obligado, o si considera que se ha producido una situación de indefensión, es posible analizar la viabilidad de recurso o de otras acciones legales.

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